Huelga de obrer@s de Relima, empresa contratada por la MML

«TRABAJADORES DE RELIMA AMBIENTAL , INGIEREN SUS ALIMENTOS A LA INTEMPERIE Y SIN CALENTAR….. LA EMPRESA SOLO LES QUIERE DAR DE AUMENTO 0.75 CENTIMOS DE SOL…QUE MANERA DE CONSIDERAR EL SACRIFICIO DE LOS OBREROS DE ESTA EMPRESA TRANSNACIONAL BRASILEÑA»

 

RELIMA AMBIENTAL: No es una huelga cualquiera

Por Carlos Mejia A.
Los días 08 y 09 de agosto, más de 600 trabajadores de la empresa RELIMA han realizado una huelga para lograr ser escuchados por la empresa RELIMA AMBIENTAL S.A. Los trabajadores son los encargados de la limpieza pública en Lima Cercado.

Antes, este servicio se realizaba directamente por trabajadores en planilla de la Municipalidad de Lima. Luego, los vientos desreguladores hicieron que las anteriores autoridades municipales «tercerizaran» dicho servicio público. No sé con que razones o invocando que criterios. Pero ahora, la Municipalidad contrata a una empresa y esta a su vez, contrata un número importante de trabajadores para la limpieza pública. Y frente a la situación de dichos trabajadores, la Municipalidad de Lima no sabe/no opina.

La empresa RELIMA AMBIENTAL S.A. según nos informan sus trabajadores, ha tratado por todos los medios de oponerse al sindicato. Ha obstaculizado la labor sindical, ha dilatado la negociación colectiva, ha hostilizado a dirigentes y afiliados y hasta a tratado de dividir al gremio laboral mediante sobornos y prebendas.

Entre los trabajadores de RELIMA hay casos de tuberculosis. Si, la TBC, esa enfermedad que es sinónimo de pobreza extrema ataca a trabajadores asalariados de la ciudad capital del país.

Hace un año aproximadamente, un trabajador de RELIMA murió en la vía pública producto de su mala salud y de las duras condiciones de trabajo. Cada año, aproximadamente una docena de trabajadores de RELIMA sufren accidentes de trabajo, al ser atropellados cuando desarrollan su labor en la noche.

Como vemos, las condiciones de trabajo son muy difíciles. Sin embargo, la empresa dispone de una economía sólida y rentable. A pesar de eso, ha entrampado la negociación colectiva y esta apostando a derrotar al sindicato e impedir un aumento de salarios acode con las necesidades de los trabajadores.

¿Y la Municipalidad de Lima? Bien, gracias. Solamente un regidor, Nan Nuñez se ha manifestado a favor de la causa de los trabajadores en huelga. Ahora bien, la Municipalidad al parecer no dispone de los instrumentos legales para obligar a la empresa contratista a brindar mejores condiciones de trabajo. Son los vacíos «olvidados» de los procesos de desregulación laboral. ¿Quién habrá hecho esos contratos?.

Lo mismo pasó con los trabajadores del Metropolitano cuando fueron despedidos. Al final, parece que la Municipalidad solamente puede rescindir el contrato con la empresa RELIMA, pero de ser el caso ¿qué pasaría con los trabajadores?

El tema que se desprende de aquí es sencillo: la Municipalidad no puede tercerizar labores que son de su exclusiva competencia como es la «limpieza pública». El resultado de desligarse de estas labores lo vemos aquí: el principal ejemplo de empleo precario en la ciudad de Lima lo padecen los trabajadores subcontratados por la propia Municipalidad de Lima.

¿Y sería el fin del mundo si se crea una empresa municipal de limpieza pública? Peor que RELIMA AMBIENTAL S.A. no lo va a hacer.

Reportaje de Hildebrant en sus trece sobre las condiciones laborales en el sector exportación Textil-Confecciones

Interesante reportaje donde una periodista de Hildebrant se hizo pasar por obrera textil y entró a trabajar a algunas de las  empresas textiles más grandes, quienes han sido líderes en exportaciones gracias al ATPDEA, y no al regimen laboral de la ley de exportación tradicional, ley 22342, que los obreros proponenen derogar.

Esta ley se encuentra ahora discutida en el Tribunal Constitucional, dado su caracter inconstitucional y por  la desnaturalización en la que ha devenido, pues se creo con caracter temporal, por 10 años,  en 1978, durante la dictadura militar de Moralez Bermúdes y ya lleva mas de treinta años en vigencia, siendo la justificación legal que posibilita la ultrafelxibilización, la precariedad, los salarios de miseria, la explotación, y las violaciones a la libertad sindical que caracterizan a este sector económico que en los ultimos 10 años ha generado ganacias alucinantes, pero que no se ha reflejado en el mejoramiento de la calidad de vida y de empleo de los trabajdores.

En este reportaje se da cuenta del tipo de empleo del que tanto se jacta la CONFIEP, la SNI y de lo que los ideólogos y propagandistas neoliberales no quieren «ver» ni hablar.

Reportaje sobre las condiciones laborales en textiles exportación Hildebrant en sus trece

* gracias a l@s compañer@s que posibilitaron la difusión necesaria de este material. Se le agradecería al periódico Hildebrant en sus trece, facilite la difusión digital libre de sus artículos,  muchos de los cuales consideramos son de  vital relevancia y su difusión por la web y las redes sociales ayudaría a contrarestar el cerco informativo impuesto por los grandes medio$ del capital y las élites del poder político económico. Incluso podrían hacerlo con licencia copyleft.

Por la difusión libre de la información y el conocimiento!!! 

Coordinadora Sindical Textil Confecciones por la derogatoria de la Ley 22342

CORDINADORA SINDICAL TEXTIL Y CONFECCIONES

NOTA  DE  PRENSA NACIONAL

Trabajadores reclamanLa Inconstitucionalidad de la Ley 22342 Y ESTE MIERCOLES 06 DE ABRIL A LAS 9:00 AM ESTARAN EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DONDE EL  PLENO ESCUCHARA NUESTRO ULTIMOS  ALEGATOS DEL SINDICATO TOPY TOP.

ESTAN INVITADOS A LA AUDIENCIA PÚBLICA EN LA SEGUNDA CUADRA DE ABANCAY CRUCE  CON ANCASH AL FRENTE DEL CONGRESO EN EL LOCAL DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Los trabajadores textiles-confecciones denuncian la inconstitucionalidad del DL 22342, porque atenta contra los artículos 22 al 29 de la Constitución Política del Perú, que protegen el Derecho al trabajo, la Libertad Sindical y la Negociación Colectiva.

A pesar del boom exportador que el rubro de textiles y confecciones vivió del 2002 al 2008, en donde el nivel de ventas al extranjero paso de 665 a 2,018 millones de dólares (COMEX), obteniendo millonarias utilidades; los empresarios del sector, que se beneficiaron del ATPDA y de una serie de medidas fiscales, aduaneras y comerciales que dictaron los gobiernos de Alejandro Toledo y de Alan García Pérez, los empresarios del sector no se preocuparon en lo más mínimo de mejorar las condiciones de trabajo y de vidade sus trabajadores, que hoy siguen pareciéndose a las del siglo XIX.

Sobre la base de la aplicación de los anticonstitucionales contratos laborales de exportación no tradicional, y a través de usar el mecanismo de trabajo a destajo, los empresarios  textiles y confecciones someten a una explotación salvaje a sus trabajadores, imponen jornadas laborales de 12, 14, 16 y hasta más horas continuas; un trabajo sin derecho al descanso los domingos, ni vacaciones, con salarios míseros de 600 soles mensuales, obstaculizan el derecho a la maternidad y a la hora de lactancia. Pisotean sistemáticamente el derecho a la libertad sindical y la negociación colectiva, despidiendo o “no renovando contrato” cuando los trabajadores se organizan en sindicato.

Grandes empresas y grupos económicos (TOPY TOP, SUR COLOR STAR, STAR PRINT, TEXTIMAX, INCADIE, SAN SEBASTIAN, UNIVERSAL TEXTIL, CROMOTEX, SAN CRISTOBAL, entre otras, también empresas de agroindustrias como CAMPO SOL y muchos más) se siguen beneficiando con este régimen especial como si se trataran de empresas incipientes. Los contratos son renovados indefinidamente cada treinta días, hasta darse casos escandalosos de trabajadores que permanecen en la condición de “contratados” hasta 20 años o más.

El crecimiento de las exportaciones textil-confecciones yel gran crecimiento industrial del sector no sólo se debena la demanda externa, sino a la existencia de este Régimen Laboral Especial que impone mano de obra extremadamente barata y completamente precaria, permitiendo grandes utilidades en esta rama productiva. Los salarios representan una ínfima parte en laestructura de costos de las empresas del sector.

Elprincipal efecto inconstitucional de este régimen laboral especial es que impide el ejercicio del derecho a la libertad sindical: la organización sindical y la negociación colectiva. Esta Ley afecta a cerca de 500,000 trabajadores, peruanos mayoritariamente jóvenes. La derogatoria del régimen laboral de exportación no le restará competitividad a las empresas. Todo lo contrario, este DL perjudica la competitividad ya que los empleadores no capacitan ni tecnifican a un trabajador temporal.

Las centrales sindicales y los gremios textilesen particular exigimos la eliminación de éste régimen laboral especial, esta modalidad contractual, injusta e inconstitucional, de uso y abuso indiscriminado.

Coordinadora textil y confecciones, coordinador de turno.                                        Lima abril 2011