CORDINADORA SINDICAL TEXTIL Y CONFECCIONES
NOTA DE PRENSA NACIONAL
Trabajadores reclamanLa Inconstitucionalidad de la Ley 22342 Y ESTE MIERCOLES 06 DE ABRIL A LAS 9:00 AM ESTARAN EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DONDE EL PLENO ESCUCHARA NUESTRO ULTIMOS ALEGATOS DEL SINDICATO TOPY TOP.
ESTAN INVITADOS A LA AUDIENCIA PÚBLICA EN LA SEGUNDA CUADRA DE ABANCAY CRUCE CON ANCASH AL FRENTE DEL CONGRESO EN EL LOCAL DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Los trabajadores textiles-confecciones denuncian la inconstitucionalidad del DL 22342, porque atenta contra los artículos 22 al 29 de la Constitución Política del Perú, que protegen el Derecho al trabajo, la Libertad Sindical y la Negociación Colectiva.
A pesar del boom exportador que el rubro de textiles y confecciones vivió del 2002 al 2008, en donde el nivel de ventas al extranjero paso de 665 a 2,018 millones de dólares (COMEX), obteniendo millonarias utilidades; los empresarios del sector, que se beneficiaron del ATPDA y de una serie de medidas fiscales, aduaneras y comerciales que dictaron los gobiernos de Alejandro Toledo y de Alan García Pérez, los empresarios del sector no se preocuparon en lo más mínimo de mejorar las condiciones de trabajo y de vidade sus trabajadores, que hoy siguen pareciéndose a las del siglo XIX.
Sobre la base de la aplicación de los anticonstitucionales contratos laborales de exportación no tradicional, y a través de usar el mecanismo de trabajo a destajo, los empresarios textiles y confecciones someten a una explotación salvaje a sus trabajadores, imponen jornadas laborales de 12, 14, 16 y hasta más horas continuas; un trabajo sin derecho al descanso los domingos, ni vacaciones, con salarios míseros de 600 soles mensuales, obstaculizan el derecho a la maternidad y a la hora de lactancia. Pisotean sistemáticamente el derecho a la libertad sindical y la negociación colectiva, despidiendo o “no renovando contrato” cuando los trabajadores se organizan en sindicato.
Grandes empresas y grupos económicos (TOPY TOP, SUR COLOR STAR, STAR PRINT, TEXTIMAX, INCADIE, SAN SEBASTIAN, UNIVERSAL TEXTIL, CROMOTEX, SAN CRISTOBAL, entre otras, también empresas de agroindustrias como CAMPO SOL y muchos más) se siguen beneficiando con este régimen especial como si se trataran de empresas incipientes. Los contratos son renovados indefinidamente cada treinta días, hasta darse casos escandalosos de trabajadores que permanecen en la condición de “contratados” hasta 20 años o más.
El crecimiento de las exportaciones textil-confecciones yel gran crecimiento industrial del sector no sólo se debena la demanda externa, sino a la existencia de este Régimen Laboral Especial que impone mano de obra extremadamente barata y completamente precaria, permitiendo grandes utilidades en esta rama productiva. Los salarios representan una ínfima parte en laestructura de costos de las empresas del sector.
Elprincipal efecto inconstitucional de este régimen laboral especial es que impide el ejercicio del derecho a la libertad sindical: la organización sindical y la negociación colectiva. Esta Ley afecta a cerca de 500,000 trabajadores, peruanos mayoritariamente jóvenes. La derogatoria del régimen laboral de exportación no le restará competitividad a las empresas. Todo lo contrario, este DL perjudica la competitividad ya que los empleadores no capacitan ni tecnifican a un trabajador temporal.
Las centrales sindicales y los gremios textilesen particular exigimos la eliminación de éste régimen laboral especial, esta modalidad contractual, injusta e inconstitucional, de uso y abuso indiscriminado.
Coordinadora textil y confecciones, coordinador de turno. Lima abril 2011